°. Apruébase el Acuerdo 0006 del 29 de mayo de 1998 expedido por el Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, cuyo texto es el siguiente: “ACUERDO NUMERO 0006 DE 1998 (mayo 29) por el cual se adiciona la planta del personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec. El Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, en ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 9° del Decreto número 300 del 7 de febrero de 1997, ACUERDA: Artículo 1°. Adicionar la planta de personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec con los siguientes empleos: Número de cargos Denominación del empleo Código Grado Planta de personal al global 10 (Diez) Oficial Logístico 3052 09 582 (Quinientos ochenta y dos) Dragoneante 5260 06 Artículo 2°. El Director General del Instituto mediante resolución, distribuirá los empleos de la planta de personal global y ubicará el personal en los establecimientos carcelarios donde se requiera. Artículo 3°. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de publicación del decreto del Gobierno Nacional que ordene su aprobación. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los 29 de mayo de 1998. Comuníquese y cúmplase. El Presidente, (Fdo.) Almabeatriz Rengifo López. El Secretario, (Fdo.) Manuel A. Marín Cerón. ”
Decreto 1588 de 1998 →Vigente
Artículo 1
Apruébase El Acuerdo 0006 Del 29 De Mayo De 1998 Expedido Por El Consejo Directivo Del Instituto Nacional Penitenciario Y Carcelario, Inpec, Cuyo Texto Es El Siguiente: “acuerdo Numero 0006 De 1998 (Mayo 29) Por El Cual Se Adiciona La Planta Del Personal Del Instituto Nacional Penitenciario Y Carcelario, Inpec
Decreto 1588 de 1998 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 0006 del 29 de mayo de 1998 del Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.