Los empleados que fueren ascendidos, pasarán dentro del nuevo grupo a devengar el sueldo inmediatamente superior al que venían percibiendo y una categoría más. No obstante, cuando se traté de personal altamente calificado y especializado y comprendidos en las escalas ETP-01 y RDE-04, el Presidente de la Empresa podrá, ubicarlo en las categorías siguientes del escalafón, previo concepto de la Junta Directiva.
Decreto 609 de 1974 →Vigente
Artículo 14
Los Empleados Que Fueren Ascendidos, Pasarán Dentro Del Nuevo Grupo A Devengar El Sueldo Inmediatamente Superior Al Que Venían Percibiendo Y Una Categoría Más
Decreto 609 de 1974 · Por el cual se fija el sistema de Clasificación, Remuneración, Nomenclatura y Prestaciones de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.