Usuario de interés sanitario. Entiéndase por usuario de interés sanitario aquel cuyos vertimientos contengan las sustancias señaladas en el artículo anterior.
(Decreto 1594 de 1984, artículo 21).
Usuario De Interés Sanitario
Decreto 1076 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Usuario de interés sanitario. Entiéndase por usuario de interés sanitario aquel cuyos vertimientos contengan las sustancias señaladas en el artículo anterior.
(Decreto 1594 de 1984, artículo 21).
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.