Micelio

Artículo 2

Del Presupuesto Nacional, Para La Vigencia En Curso

Decreto 177 de 1957 · Por el cual se distribuye la partida global apropiada para la integración y extensión de servicios públicos en cinco Zonas Pilotos del país

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto, se imputaran al Capitulo 283, articulo 2920 del presupuesto Nacional, para la vigencia en curso. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 177 de 1957