Micelio

Artículo 1

Decreto 1712 de 1953 · Por el cual se crean unos Puestos de salud, se fija el personal y asignaciones y se modifica la distribución hecha por el Decreto número 704 de este año, para estos gastos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Créanse a partir de la fecha del presente Secreto, tres (3) Puestos de Salud, que funcionarán en los Municipios de Pizarro y Nuquí y el Corregimiento de Bahía Solano, en el Departamento del Chocó, organismos que tendrán el siguiente personal y asignaciones: Mensual Seis meses 1-Director $ 600.00 $ 3.600.00 1-Inspector de Sanidad 200.00 1.200.00 1-Enfermera de Servicios Múltiples 200.00 1.200.00 Total para cada puesto $ 1.000.00 6.000.00 Valor total de los sueldos en los seis meses para el personal de los tres Puestos de Salud $ 18.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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