Artículo primero. Créanse a partir de la fecha del presente Secreto, tres (3) Puestos de Salud, que funcionarán en los Municipios de Pizarro y Nuquí y el Corregimiento de Bahía Solano, en el Departamento del Chocó, organismos que tendrán el siguiente personal y asignaciones: Mensual Seis meses 1-Director $ 600.00 $ 3.600.00 1-Inspector de Sanidad 200.00 1.200.00 1-Enfermera de Servicios Múltiples 200.00 1.200.00 Total para cada puesto $ 1.000.00 6.000.00 Valor total de los sueldos en los seis meses para el personal de los tres Puestos de Salud $ 18.000.00
Decreto 1712 de 1953 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1712 de 1953 · Por el cual se crean unos Puestos de salud, se fija el personal y asignaciones y se modifica la distribución hecha por el Decreto número 704 de este año, para estos gastos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.