º. Modificar el artículo 2º del Decreto 947 de 2005, el cual quedará así: "Artículo 2º. Lo previsto en el artículo 1º no aplicará a las exportaciones que a la fecha de publicación de presente decreto cuenten con certificado sanitario expedido por el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, ni para aquellas solicitudes de certificado sanitario cuyo trámite haya sido radicado en el ICA antes de la citada fecha".
Decreto 1430 de 2005 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 1430 de 2005 · por el cual se modifica el artículo 2º del Decreto 947 de 2005.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.