La dotación de Oficiales de Insignia de la Armada será el siguiente: Un Vice-Almirante. Un Contra-Almirante.
Decreto 1325 de 1953 →Vigente
Artículo 28
La Dotación De Oficiales De Insignia De La Armada Será El Siguiente: Un Vice-Almirante
Decreto 1325 de 1953 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre organización y mando de las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.