Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente:
Ministerio de Gobierno.
Del artículo 47. Para dotar a la Imprenta Nacional y sus dependencias de maquinaria y accesorios que la capaciten para ejecutar todos los trabajos del ramo, que necesite la Administración Pública, en el año
Al artículo 44. Para pago de jornales y trabajos a destajo de la Imprenta Nacional y de horas suplementarias del personal de la misma, ocasionadas por trabajos para el Congreso Nacional, Presidencia de la República y Ministerio de Gobierno, en el año.