Micelio

Artículo 8

Todo Contrato, Gasto, Compromiso O Providencia De Cualquier Clase Que En Materia Alguna Implique Erogación Imputable Al Presupuesto Asignado Al Ministerio De Fomento, Deberá Llevar El Visto Bueno Del Director De La División Administrativa, Antes De Ser Sometido A La Consideración Y Firma Del Ministro

Decreto 71 de 1955 · Por el cual se fijan las dependencias del Ministerio de Fomento, se señalan los cargos y asignaciones y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Todo contrato, gasto, compromiso o providencia de cualquier clase que en materia alguna implique erogación imputable al presupuesto asignado al Ministerio de Fomento, deberá llevar el visto bueno del Director de la División Administrativa, antes de ser sometido a la consideración y firma del Ministro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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