Micelio

Artículo 44

La Estancia En La Unidad De Cuidado Intensivo, Comprende Además De Los Servicios Básicos, La Atención Médica De Especialista En Cuidado Intensivo, De Personal Paramédico, La Utilización De Los Equipos De Monitoría Cardioscópica Y De Presión, Ventilación Mecánica, De Presión Y Volumen, Desfibrilación, Cardioversión Y La Práctica De Los Electrocardiogramas, Electroencefalogramas Y Gasimetrías Que Se Requieran

Decreto 2747 de 1989 · Por el cual se aprueba el Manual de Definiciones, Contenidos y Tarifas, para la contratación de servicios de salud en el Instituto de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La estancia en la Unidad de Cuidado Intensivo, comprende además de los servicios básicos, la atención médica de especialista en cuidado intensivo, de personal paramédico, la utilización de los equipos de monitoría cardioscópica y de presión, ventilación mecánica, de presión y volumen, desfibrilación, cardioversión y la práctica de los electrocardiogramas, electroencefalogramas y gasimetrías que se requieran.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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