Micelio

Artículo 2

La Mezcla Actual De Gasolina Oxigenada Se Mantendrá En E10 Para Los Vehículos Automotores De Modelos Anteriores A 2012 Que Requieran Gasolinas Para Su Funcionamiento, Salvo Que Evaluaciones Técnicas Permitan Determinar El Uso De Otro Porcentaje De Mezclas O La Homologación De Paquetes De Conversión A Los Niveles E-85

Decreto 1135 de 2009 · por el cual se modifica el Decreto 2629 de 2007, en relación con el uso de alcoholes carburantes en el país y con las medidas aplicables a los vehículos automotores que utilicen gasolinas para su funcionamiento.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La mezcla actual de gasolina oxigenada se mantendrá en E10 para los vehículos automotores de modelos anteriores a 2012 que requieran gasolinas para su funcionamiento, salvo que evaluaciones técnicas permitan determinar el uso de otro porcentaje de mezclas o la homologación de paquetes de conversión a los niveles E-85.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1135 de 2009