Micelio

Artículo 31

Decreto 1580 de 1974 · Por el cual se dictan normas básicas sobre el Servicio Postal Colombiano

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo treintaiuno. Efectos a Cobrar . Serán admitidos en el Servicio de Correo como "Efectos a Cobrar", los recibos, facturas y en general todos los títulos valores u otros pagaderos sin gastos, con sujeción a las disposiciones y reglamentación para tal efecto establezca la Administración Postal Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1580 de 1974