Micelio

Artículo 9

Los Jueces Permanentes Ejercerán Las Funciones Que Les Señalan Los Decretos 650 De 1943 Y 1641 De 1949, Y Serán De Libre Nombramiento Y Remoción Del Gobierno

Decreto 901 de 1959 · Por el cual se dictan normas de carácter administrativo tendientes a mejorar la administración de Justicia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los Jueces Permanentes ejercerán las funciones que les señalan los Decretos 650 de 1943 y 1641 de 1949, y serán de libre nombramiento y remoción del Gobierno.

Parágrafo

Las multas que impongan los Jueces Permanentes ingresarán al Fondo Rotatorio Judicial del Ministro de Justicia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 901 de 1959