° Adiciónase la lista de mercancías de prohibida importación, establecida por el artículo 1° del Decreto 0638 del 20 de marzo de 1951 y concordantes, con los siguientes artículos: Posición: 76. Denominación: Sémolas y granos de cereales, mondados o perlados: a) De trigo: 2) Otros. Posición: 598. Denominación: Desechos nuevos de tejidos, de fieltro o de bonetería (tejidos de punto), retazos y recortes de sastrería que no puedan utilizarse para su primitivo destino. Posición: 599. Denominación: Trapos y desechos de tejidos, de fieltro o de bonetería, ropa de toda clase, usada, redes viejas, cuerdas viejas y similares, que no pueden utilizarse sino para deshilachar, fabricación de papel, etc.
Decreto 1584 de 1953 →Vigente
Artículo 1
Adiciónase La Lista De Mercancías De Prohibida Importación, Establecida Por El Artículo 1° Del Decreto 0638 Del 20 De Marzo De 1951 Y Concordantes, Con Los Siguientes Artículos: Posición: 76
Decreto 1584 de 1953 · Por el cual se modifican y adicionan los decretos números 638 de 1951 y concordantes
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.