Micelio

Artículo 483

Decreto 1345 de 1970 · por el cual se codifican las normas sobre Procedimiento Penal.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sobreseimiento definitivo. El sobreseimiento será definitivo:

1.

1. Cuando aparezca que no se ha realizado el hecho que dio lugar a la investigación, o cuando ese hecho no sea constitutivo de delito;

2.

2. Cuando esté claramente demostrada la inocencia del procesado, y

3.

3. Cuando resulte plenamente demostrado que el hecho se realizó en alguno de los casos enumerados en los Artículos 23 y 25 del Código Penal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1345 de 1970