º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá D. C., a 28 de diciembre de 1999. ANDRES PASTRANA ARANGO El Viceministro Técnico de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos Felipe Jaramillo Jiménez.
Decreto 2691 de 1999 →Vigente
Artículo 2
Decreto 2691 de 1999 · por el cual se reglamenta parcialmente el literal a) del artículo 320 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.