Micelio

Artículo 5

Decreto 627 de 2008 · por el cual se dictan disposiciones en materia salarial y prestacional para los empleados públicos docentes y administrativos de las Universidades Estatales u Oficiales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Los empleados públicos administrativos vinculados actualmente a las Universidades Estatales u Oficiales continuarán sujetos al régimen salarial que efectivamente se les reconoció y pagó hasta el 31 de diciembre de 2007. El régimen de prestaciones sociales será el aplicable a los empleados públicos de la Rama Ejecutiva del orden nacional. De conformidad con el

Parágrafo 1

del artículo 6º de la Ley 4ª de 1992, facúltase a los Rectores Universitarios para determinar los reajustes a las asignaciones básicas del personal de carácter administrativo de sus correspondientes plantas de personal vigentes a 31 de diciembre de 2007, de conformidad con los porcentajes de la tabla indicada en el artículo 1º del presente decreto. Los Rectores Universitarios expedirán los correspondientes actos administrativos antes del 30 de marzo de 2008 y deberán remitir copia de los mismos al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y al Departamento Administrativo de la Función Pública dentro de los tres días siguientes a su expedición.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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