Micelio

Artículo 2.2.12.1.2.5

Causales De Convocatoria

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Causales de convocatoria. Son causales de convocatoria a Tribunal Médico Laboral de Revisión Militar y de Policía, las siguientes:

1.

Por inconformidad. El calificado en primera instancia que se encuentre incon­forme con las decisiones contenidas en el acta de Junta Médico Laboral Militar o de Policía podrá solicitar convocatoria a Tribunal Médico Laboral de Revisión Militar y de Policía, en los términos del artículo 2.2.12.1.1.11., del presente decreto.

2.

Por modificación de secuelas. El interesado o los Directores de Sanidad de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, o su equivalente, según sea el caso, podrán solicitar convocatoria a Tribunal cuando evidencien que las secuelas de las lesiones o afecciones previamente calificadas por una Junta Médico Laboral definitiva han cambiado, bien sea hacia una mejoría o hacía un deterioro. Esta causal procederá siempre y cuando, al momento de la solicitud de convocatoria, el calificado continúe en servicio activo.

3.

Para revisión a pensionados. El pensionado por invalidez podrá, en cualquier momento, solicitar que se convoque al Tribunal Médico Laboral de Revisión Militar y de Policía. En los casos en que se evidencie que no persiste la patolo­gía que dio origen al reconocimiento de la pensión por invalidez, los Directores de Sanidad de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, o su equivalente, según sea el caso, podrán convocar al Tribunal Médico Laboral de Revisión Militar y de Policía.

4.

Para determinar si el calificado requiere el auxilio de otra persona. El pen­sionado por invalidez que requiera del auxilio de otra persona para realizar las funciones elementales de su vida podrá convocar al Tribunal en cualquier mo­mento, siempre y cuando el reconocimiento de la pensión de invalidez haya tenido origen en un acta del Tribunal Médico Laboral de Revisión Militar y de Policía.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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