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Artículo 7

Funciones De La Oficina De Planeación

Decreto 152 de 1976 · Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Desarrollo Económico

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Funciones de la Oficina de Planeación. Corresponde a la Oficina de Planeación

a)

Elaborar estudios relativos a los aspectos económicos generales atribuidos al Ministerio, en coordinación con organismos públicos y en especial con el Departamento Nacional de Planeación y, cuando fuere el caso, con representantes del sector privado;

b)

Proponer las partidas presupuestales que en cada vigencia exija la ejecución de los planes y proyectos del ramo y someterlas, una vez aprobadas por el Ministro, al Departamento Nacional de Planeación para que, conjuntamente con el mismo, se evalúen e incorporen en los presupuestos anuales de inversión;

c)

Preparar el presupuesto anual de funcionamiento del Ministerio que habrá de someterse, previa aprobación del Ministro, a la Dirección General de Presupuesto;

d)

Elaborar informes periódicos sobre el control de la ejecución del presupuesto de inversión, en colaboración con las instituciones adscritas y vinculadas al Ministerio;

e)

Coordinar conjuntamente con las entidades adscritas al Ministerio y con la División de Presupuesto delegada del Ministerio de Hacienda, la preparación de los Acuerdos Mensuales de Gastos;

f)

Preparar con las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio, el Acuerdo de Obligaciones que debe presentarse al Departamento Nacional de Planeación y a la Dirección General de Presupuesto, de conformidad con el Decreto 294 de 1973;

g)

Evaluar periódicamente la realización del Plan de Inversiones Públicas de las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio;

h)

Asesorar a nivel regional, a aquellas entidades que reciben aportes presupuestales a través del Ministerio, en la preparación y revisión de los programas de inversión, de presupuesto y financieros en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación;

i)

Elaborar los estudios de fijación o de reajuste de precios relacionados con las solicitudes presentadas al Ministerio;

j)

Estudiar, conjuntamente con el Departamento Nacional de Planeación, la viabilidad de las solicitudes de asistencia técnica externa que se hayan presentado al Ministerio;

k)

Tramitar las solicitudes de crédito interno y externo presentadas por las entidades adscritas y vinculadas y ponerlas a consideración del Ministro, de conformidad con el Decreto 1941 de 1974; y

l)

Desarrollar las demás actividades que le sean asignadas por el Ministro y Viceministro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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