ARTICULO 3.1.6.2.14 . - RECURSOS DEL "FONSAT". El Fondo del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito "Fonsat" contará con los siguientes recursos
Las transferencias efectuadas por las entidades aseguradoras, conforme lo dispuesto por el artículo 3.1.6.2.15. del presente estatuto;
Aportes y donaciones en dinero o en especie de personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras;
Los rendimientos de sus inversiones, y
Los demás que reciba a cualquier título.