°. El Municipio de Sesquilé, así como el Corregimiento de guaira continuará recibiendo la suma fija que actualmente perciben por cierre de las minas o la baja producción de las mismas y el Municipio de Cajicá continuará recibiendo la participación establecida en el artículo 6º de la Ley 210 de 1959.
Decreto 1249 de 1974 →Vigente
Artículo 4
El Municipio De Sesquilé, Así Como El Corregimiento De Guaira Continuará Recibiendo La Suma Fija Que Actualmente Perciben Por Cierre De Las Minas O La Baja Producción De Las Mismas Y El Municipio De Cajicá Continuará Recibiendo La Participación Establecida En El Artículo 6º De La Ley 210 De 1959
Decreto 1249 de 1974 · Por el cual se dictan normas sobre participaciones en la explotación de las salinas nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.