Micelio

Artículo 1

Ley 262 de 1996 · por la cual se autoriza a algunas cooperativas financieras para acceder a los recursos del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario -Finagro- y se dictan normas generales, objetivos y criterios a los cuales debe sujetarse el Gobierno Nacional para la intervención de estas entidades.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las cooperativas especializadas de ahorro y crédito y las cooperativas multiactivas con sección de ahorro y crédito, debidamente autorizadas por el Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas y que ejerzan la actividad financiera con terceros, podrán redescontar ante el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario -Finagro- los créditos agropecuarios que otorguen, de acuerdo con los términos y condiciones que señale la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 262 de 1996