Micelio

Artículo 1

Decreto 547 de 1991 · Por el cual se ordena una cesión de activos, pasivos y contratos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Cesión. Ordénase a la Corporación Financiera del Transporte la cesión parcial de sus activos y pasivos así como de los contratos que les hayan dado origen, por un valor no inferior al 25% del total de los mismos, a establecimientos de crédito con participación estatal mayoritaria, de conformidad con las reglas que se indican en los artículos siguientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 547 de 1991