Ley seca . Queda prohibido en todo el territorio nacional la venta y el consumo de bebidas embriagantes desde las seis de la tarde (6:00 p. m.) del día sábado 28 de octubre hasta las seis de la mañana (6:00 a. m.) del día lunes 30 de octubre de 2023. En caso de segunda vuelta para la elección de Alcalde Mayor de Bogotá, si hubiere lugar a ello, la prohibición se aplicará en el territorio del Distrito Capital, desde las seis de la tarde (6:00 p. m.) del día sábado 18 de noviembre hasta las seis de la mañana (6:00 a. m.) del día lunes 20 de noviembre de 2023.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 206 del Código Electoral, las infracciones a lo dispuesto en este artículo serán sancionadas por los Alcaldes e Inspectores de Policía y Comandantes de Estación, de acuerdo con lo previsto en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia.
Los Gobernadores y Alcaldes, de conformidad con lo recomendado en los Consejos Departamentales y Municipales de Seguridad o Comités de Orden Público de que tratan el Decreto número 2615 de 1991 y el Capítulo 1, Título 1, Parte 7, Libro 2 del Decreto número 1066 de 2015, podrán ampliar el término previsto en este artículo, para prevenir posibles alteraciones del orden público