Micelio

Artículo 1

Ley 39 de 1916 · Por la cual se reforma la número 43 de 1914

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Prorrógase por un año más el término concedido a los Departamentos de Boyacá y Santander para dar principio a la construcción de la obra del Ferrocarril del Carare, de que trata la Ley 43 de 1914 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 39 de 1916