Micelio

Artículo 3

Decreto 2606 de 1993 · por el cual se adopta el Plan de Numeración.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Tercero . Establécese un plazo de dieciocho (18) meses contados a partir de la promulgación del presente Decreto para que se realicen las adecuaciones necesarias por parte de las actuales empresas presta-tarifas de servicios de telecomunicaciones, en sus centrales de conmutación, de tal forma que éstas puedan recibir y almacenar el dígito de indicador de Red (ND), así como, para el cambio de los prefijos de acceso a la Red de larga distancia Nacional e Internacional 9 y 90 por los prefijos 0 y 00, respectivamente. Corresponde al Ministerio de Comunicaciones en cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto 2122 de 1993, administrar el plan de numeración y por lo tanto redistribuir la numeración y asignarla previa solicitud sustentada por las empresas prestatarias de servicios de telecomunicaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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