Micelio

Artículo 128

Ley 105 de 1890 · Sobre reformas a los procedimientos judiciales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art 128. La falta de citación para sentencia de pregón y remate no induce nulidad; pero en cualquier estado que se presente el ejecutado puede proponer excepciones, y en este caso se suspende el pregón y remate de los bienes.

Si el remate se hubiere verificado, se colocara el dinero a interés en la persona de signada en el artículo 245, exigiéndose del alrededor, si ya se le hubiere entregado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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