Son funciones de la Sección de Inversiones Extranjeras
Estudiar los problemas y necesidades del país en materia de legislación sobre el Régimen de Capitales Extranjeros y proponer las medidas y modificaciones que sean del caso;
Proponer medidas que orienten y canalicen la inversión extranjera, a fin de desarrollar la producción nacional;
Coordinar con el Ministerio de Hacienda los estudios necesarios relacionados con los problemas de doble tributación internacional;
Estudiar los programas de vinculación de capitales que presenten inversionistas extranjeros, y prestarles la asesoría correspondiente;
Preparar el material de información necesario en materia de inversiones, tendiente a definir la política sobre importación de nuevos capitales;
Servir de centro de información y enlace al inversionista extranjero. VIII. - De la División de Industria y Comercio Nacional.