Dirección para la Garantía de los Derechos de las Mujeres . Son funciones de la Dirección para la Garantía de los Derechos de las Mujeres, las siguientes
Adoptar y ejecutar lineamientos que Incluyan el enfoque de género e Interseccional en el diseño, la implementación, el seguimiento y la evaluación de políticas, planes y programas a cargo de las entidades territoriales competentes para la garantía de los derechos de las mujeres en su diversidad.
Diseñar e implementar sistemas de información, en coordinación con la Oficina de Saberes y Conocimientos, a través de los cuales se garantice el goce de los derechos de las mujeres en su diversidad.
Diseñar e implementar políticas y programas que aseguren la autonomía de la mujer sobre su cuerpo, los derechos sexuales y reproductivos y la construcción de su proyecto de vida, con base en la normativa vigente.
Identificar y apoyar cambios normativos, en coordinación con la Oficina Jurídica, que fomenten la garantía de los derechos de las mujeres en su diversidad, de conformidad con los lineamientos técnicos, legales y constitucionales.
Formular estrategias, lineamientos y medidas para la aplicación efectiva del enfoque diferencial, interseccional y de género, tanto en la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, las instancias derivadas de este y las recomendaciones de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición.
Adelantar análisis, estudios e investigaciones en temas de su competencia, en coordinación y articulación con la Oficina de Saberes y Conocimientos Estratégicos, siguiendo los lineamientos institucionales, técnicos y normativos fijados por el Ministerio.
Analizar y presentar propuestas normativas, en coordinación con la Oficina Jurídica, asociadas a temas de competencia de la Dirección.
Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la Dirección.