Micelio

Artículo 21

Dirección Para La Garantía De Los Derechos De Las Mujeres

Decreto 1075 de 2023 · Por el cual se adopta la estructura del Ministerio de Igualdad y Equidad y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección para la Garantía de los Derechos de las Mujeres . Son funciones de la Dirección para la Garantía de los Derechos de las Mujeres, las siguientes

1.

Adoptar y ejecutar lineamientos que Incluyan el enfoque de género e Interseccio­nal en el diseño, la implementación, el seguimiento y la evaluación de políticas, planes y programas a cargo de las entidades territoriales competentes para la garantía de los derechos de las mujeres en su diversidad.

2.

Diseñar e implementar sistemas de información, en coordinación con la Oficina de Saberes y Conocimientos, a través de los cuales se garantice el goce de los derechos de las mujeres en su diversidad.

3.

Diseñar e implementar políticas y programas que aseguren la autonomía de la mujer sobre su cuerpo, los derechos sexuales y reproductivos y la construcción de su proyecto de vida, con base en la normativa vigente.

4.

Identificar y apoyar cambios normativos, en coordinación con la Oficina Jurídi­ca, que fomenten la garantía de los derechos de las mujeres en su diversidad, de conformidad con los lineamientos técnicos, legales y constitucionales.

5.

Formular estrategias, lineamientos y medidas para la aplicación efectiva del en­foque diferencial, interseccional y de género, tanto en la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, las instancias derivadas de este y las recomendaciones de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repeti­ción.

6.

Adelantar análisis, estudios e investigaciones en temas de su competencia, en coordinación y articulación con la Oficina de Saberes y Conocimientos Estraté­gicos, siguiendo los lineamientos institucionales, técnicos y normativos fijados por el Ministerio.

7.

Analizar y presentar propuestas normativas, en coordinación con la Oficina Jurí­dica, asociadas a temas de competencia de la Dirección.

8.

Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la Dirección.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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