Micelio

Artículo 9

Decreto 644 de 1969 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 007 de 24 de marzo de 1969, que fija el régimen de clasificación y remuneración de los empleos de la Escuela Superior de Administración Pública, y se dictan otras disposiciones

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo octavo. El presente Acuerdo deroga las disposiciones que le sean contrarias, requiere para su validez la aprobación del Gobierno Nacional, rige a partir de la fecha de tal aprobación mencionada, y en su aplicación produce efectos fiscales desde el 1º de diciembre de 1968, para los empleados que estando al servicio de la Escuela en dicha fecha sean incorporados en la nueva planta. Comuníquese y cúmplase. Expedido en Bogotá, D. E., a los 24 días del mes de marzo de mil novecientos sesenta y nueve (1969). El Presidente, (fdo.), Delina Guarín de Vizcaya . El Secretario (fdo.) Carlos Ramírez Cardona. El suscrito Secretario Administrativo de la Escuela Superior de Administración Pública, hace constar que el presente Acuerdo fue discutido y aprobado por el Consejo Directivo de la esap en su sesión del día lunes veinticuatro (24) de marzo de mil novecientos sesenta y nueve (1969). (Fdo.), Carlos Ramírez Cardona ".

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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