Comisiones diplomáticas. Para ser destinado en comisión diplomática, además de las comisiones establecidas en el Artículo 102 del Decreto 612 de 1977, se exigen los siguientes requisitos: a. Estar clasificado en lista número uno (1) o dos (2), de acuerdo con el Reglamento de Calificación y Clasificación para el personal de las Fuerzas Militares, en cada uno de los tres últimos años de servicio. b Si se trata de una persona casada, que su cónyuge no tenga la nacionalidad en el país ante el cual va a ser acreditado como miembro de la representación diplomática colombiana.
Las comisiones diplomáticas de los oficiales de las Fuerzas Militares como Agregados o Adjuntos Militares, podrán tener una duración hasta de veinticuatro (24) meses.