Consecuencia por el no pago de multas. Las consecuencias por el no pago de multas establecidas en el artículo 183 de la Ley 1801 de 2016 aplican únicamente transcurridos seis meses después de la imposición de la multa. En ningún caso la sola expedición de la orden de comparendo o la existencia de anotaciones en proceso de eventuales medidas correctivas incorporadas en el Registro Nacional de Medidas Correctivas dará lugar a la aplicación de dichas consecuencias.
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