Micelio

Artículo 6

º El Artículo 45 Del Decreto 256 De 1994 Quedará Así: Artículo 45

Decreto 805 de 1994 · por el cual se modifica el Decreto 256 del 28 de Enero de 1994

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 6 º El artículo 45 del Decreto 256 de 1994 quedará así: Artículo 45. La solicitud de inscripción será presentada en formulario en el cual el jefe de personal o quien haga sus veces, en la entidad u organismo en donde el empleado presta sus servicios, haga constar, bajo la gravedad del juramento, que el empleado participó en un concurso abierto, figuraba entre los tres (3) primeros puestos de la correspondiente lista de elegibles al momento del nombramiento en período de prueba y obtuvo calificación se servicios satisfactoria para dicho período. Dicho formulario con la constancia de que trata este artículo, deberá ser entregado al empleado interesado por el jefe de personal o quien haga sus veces dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha en que la calificación de servicios haya quedado en firme.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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