Micelio

Artículo 13

Ley 575 de 2000 · Por medio de la cual se reforma parcialmente la Ley 294 de 1996

1 sentencia lo revisó
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 30 de la Ley 294 de 1996 quedará así:

Artículo 30 . Los municipios que no hayan dado cumplimiento a lo previsto en el artículo 295 del Código del Menor, dispondrán de un año, contado a partir de la fecha de vigencia de la presente ley, para crear y poner en funcionamiento por lo menos una Comisaría de Familia que cuente con el equipo interdisciplinario del que habla el artículo 295, inciso 2º, del Código del Menor.

Parágrafo

A partir de la vigencia de esta ley los Comisarios de Familia serán funcionarios de Carrera Administrativa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2000
    C-1267/00Constitucionalidad · «Parágrafo»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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