Micelio

Artículo 39

Vigencia

Decreto 1820 de 2010 · por el cual se establece el procedimiento para la adopción de medidas de salvaguardia bilateral en el marco de los acuerdos comerciales internacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Las investigaciones de salvaguardia bilateral en el marco de los acuerdos comerciales internacionales, que al entrar en vigencia el presente decreto se encuentren en curso, continuarán su trámite hasta la determinación definitiva, de conformidad con el procedimiento aplicable en el momento de su inicio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1820 de 2010