La partida se\alada en el artículo anterior para las obras de fomento Municipal del Corregimiento de "Dos Quebradas", del Municipio de Santa Rosa de Cabal, Departamento de Caldas, será incluida dentro del Presupuesto de las próximas y/o subsiguientes vigencias, haciéndose los giros correspondientes al Instituto Nacional de Fomento Municipal para la realización de dichas obras. Pero si no fuere incluida dicha suma en el Presupuesto, autorizase al Gobierno Nacional para hacer los traslados necesarios a fin de dar cumplimiento a esta Ley.
Ley 99 de 1960 →Vigente
Artículo 3
Ley 99 de 1960 · Por la cual se ordena la construcción del acueducto y alcantarillado del Corregimiento de Dos Quebradas, Municipio de Santa Rosa del Cabal, del Departamento de Caldas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.