Micelio

Artículo 80

Deberes Del Perito

Ley 1476 de 2011 · Por la cual se expide el régimen de responsabilidad administrativa por pérdida o daño de bienes de propiedad o al servicio del Ministerio de Defensa Nacional, sus entidades adscritas o vinculadas o la Fuerza Pública.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son deberes del perito los siguientes:

1.

Rendir el dictamen dentro de los términos señalados por el funcionario que lo designó.

2.

Obrar de forma imparcial.

3.

Guardar la respectiva reserva sumarial.

4.

Ejercer la custodia e integridad del expediente.

5.

Aclarar, completar o ampliar el dictamen cuando sea requerido por el funcionario competente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1476 de 2011