Toda prueba pertinente es admisible, salvo en alguno de los siguientes casos:
a)
Que exista peligro de causar grave perjuicio indebido;
b)
Probabilidad de que genere confusión en lugar de mayor claridad al asunto;
c)
Que sea injustamente dilatoria del procedimiento, y
d)
Exhiba escaso valor probatorio.