Micelio

Artículo 3

Ley 72 de 1965 · Por la cual se ordena la reconstruccion del Puerto de Guapi, y se auxilia a los damnificados del mismo Puerto

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Prohíbese la construcción de edificaciones en la zona a que se refiere el artículo anterior, la cual se declara de utilidad pública para la erección del muelle y terminal fluvial de Guapi.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 72 de 1965