Micelio

Artículo 4

Citado, Y Para Los Efectos Que Él Determina

Decreto 867 de 1891 · Sobre comercio por los puertos del golfo de San Blas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 4.° Para las exportaciones por los mencionados puertos del golfo de San Blas se observarán las mismas formalidades que respecto do otros puertos expresan los artículos 207 y 208 del Código Fiscal y el decreto número 143 de 1887 (Diario Oficial 6,966) Autorízase al Administrador de la Aduana de Cartagena para que fije el número de dias que deben reputarse necesarios para el progreso á aquel puerto, de los empleados del Resguardo que vayan á San Blas á bordo de los buques de conformidad con el artículo 208 citado, y para los efectos que él determina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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