Micelio

Artículo 103

Política De Salud Mental En Establecimientos Carcelarios Y De Resocialización De Jóvenes

Ley 1453 de 2011 · por medio de la cual se reforma el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal, el Código de Infancia y Adolescencia, las reglas sobre extinción de dominio y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Política de salud mental en establecimientos carcelarios y de resocialización de jóvenes. Autorízase la implementación de atención psicológica y psiquiátrica penitenciaria, en pro del mejoramiento de las condiciones de vida de las personas con trastornos mentales recluidas en las cárceles colombianas, que incluya un programa articulado para la detección temprana de trastornos mentales en esta población.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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