Micelio

Artículo 17

Son Deberes De La Portera: "i

Decreto 236 de 1925 · Por el cual se aprueba otro de la Gobernación de Cundinamarca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

"Artículo 17. Son deberes de la Portera: "I. Entrar al establecimiento antes de que principien las tareas, y salir después de las alumnas. "II. Permanecer en la puerta, e impedir que los Profesores o las alumnas entren después de comenzadas las clases. "III. Dar cuenta a la Directora cuando note en las alumnas alguna irregularidad. "IV. Obedecer las órdenes de la Directora y las prescripciones del Reglamento. "CAPITULO VIII "Materias de enseñan

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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