Micelio

Artículo 3

Ley 80 de 1947 · Por la cual se procede al saneamiento antimalarico de las riberas del río Magdalena

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Queda facultado el Gobierno para solicitar la colaboración económica de cualquier entidad oficial, semioficial o particular para adelantar las campañas de que trata esta Ley. Los contratos que se celebren no necesitan la posterior aprobación del Congreso.

Parágrafo

En caso de que se obtuviere dinero de las entidades mencionadas en este artículo, los sobrantes de la partida nacional serán invertidos en el control del paludismo en otros sitios del país.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 80 de 1947