Micelio

Artículo 4

Vicerrectoría Académica

Decreto 2316 de 2000 · por el cual se establece la estructura del Instituto Tecnológico de Soledad Atlántico.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Vicerrectoría Académica. Las funciones de la Vicerrectoría Académica son las siguientes

1.

Asesorar a la Rectoría en la formulación de políticas, planes y programas de docencia, extensión e investigación.

2.

Proponer políticas orientadas a la búsqueda de la calidad académica de la Institución.

3.

Orientar la organización académica, la estructura de los planes de estudio, del diseño curricular y evaluativo de los diferentes programas.

4.

Presentar propuestas para la vinculación de la Institución a programas regionales o nacionales de adaptación, transferencia y desarrollo de tecnología y la vinculación con el sector productivo.

5.

Atender y coordinar la prestación de los servicios docentes y de asesoría a los programas académicos y los de asistencia a la comunidad.

6.

Desarrollar procesos de autoevaluación orientados a la acreditación de los programas académicos.

7.

Programar y desarrollar actividades de educación continuada en áreas del conocimiento propio de los programas académicos y de formación avanzada que administre.

8.

Coordinar el diseño y la actualización de los instrumentos que permitan establecer los procesos de selección, promoción y capacitación del personal docente.

9.

Presentar al Consejo Directivo, al Consejo Académico y a la Rectoría los informes que le sean solicitados.

10.

Diseñar los planes de estudio, de desarrollo curricular y evaluativo de los programas académicos, velando porque se mantenga la celeridad, calidad y eficiencia académica y administrativa.

11.

Evaluar, presentar y sustentar ante los Consejos Académico y Directivo, los proyectos de reforma curricular y creación de nuevos programas académicos a nivel de pregrado y especialización.

12.

Formular los criterios y normas generales sobre investigación, orientar y coordinar los programas y proyectos que desarrollen los alumnos, los profesores y la comunidad.

13.

Promover el espíritu científico e investigativo en la comunidad y en el Instituto Tecnológico de Soledad Atlántico.

14.

Establecer relaciones de intercambio y colaboración en las áreas de investigación con organismos nacionales y extranjeros.

15.

Diseñar y presentar ante los organismos competentes la adopción de políticas que permitan el desarrollo de los programas y proyectos de extensión.

16.

Desarrollar y promulgar los programas de Educación Informal de acuerdo a las políticas y planes de la institución.

17.

Asesorar a las demás instancias en lo concerniente a la Educación informal.

18.

Dirigir la identificación y definición de programas, líneas y proyectos de investigación de carácter epistemológico y didáctico, en el campo disciplinar de la pedagogía, en la perspectiva de conceptualizar las relaciones de la pedagogía con las ciencias y la tecnología.

19.

Adoptar un modelo pedagógico institucional y crear los mecanismos para su implementación y actualización permanente.

20.

Dirigir el diseño e implementación de programas de formación, perfeccionamiento y actualización de docentes que posibiliten la interdisciplinariedad con las ciencias, la técnica, la tecnología y las artes, con fundamento en líneas de investigación.

21.

Dirigir la elaboración de diagnósticos acerca de las condiciones de calidad y eficiencia de los procesos y resultados de los programas académicos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2316 de 2000