Micelio

Artículo 8

También En Este Mismo Lapso, Y Terminarán Dichas Instalaciones Antes De Trascurrido El Primer Año De Actividades

Decreto 1409 de 1958 · Por el cual se reglamentan los artículos 30, 31, 49, y el inciso c) del artículo 74 del Decreto legislativo número 0376 de 1957

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo octavo . Para obtener patentes de pesca para el camarón, deberán cumplirse los siguientes requisitos

a)

Celebrar contrato con el Ministro de Agricultura, hasta por el término de quince años. Tales contratos serán renovables al vencimiento de dicho plazo, sujetándose a las condiciones que para ese entonces rijan sobre da materia.

b)

Constituir garantía bancaria o de una compañía de seguros por $ 150.000.00 fijos, mas $ 10.000.00 por cada barco, con el objeto de garantizar que nacionalizaran los barcos en el término de 6 meses, y que iniciarán las instalaciones en tierra de que trate el artículo 1° también en este mismo lapso, y terminarán dichas instalaciones antes de trascurrido el primer año de actividades. Este término podrá prorrogarse únicamente por 6 meses más a voluntad del Gobierno, cuando hubiere motivo justificación para ello.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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