Micelio

Artículo 7

Decreto 18710429 de 1871 · en ejecución del convenio celebrado por el Gobierno de la Unión con la tribu indíjena de los Tules, el día 10 de enero de 1871.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 7.° Cuando el Comisario nacional se halle desempeñando alguna o algunas de sus funciones fuera del lugar que él mismo designe para residencia de la Comisaría, las atribuciones de ésta serán desempeñadas accidentalmente en dicho lugar por el Secretario de la oficina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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