Micelio

Artículo 5

De Los Comités Asesores

Decreto 1671 de 1984 · Por el cual se organiza una Unidad Docente del Ministerio de Educación Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º De los Comités Asesores

1.

Del Comité Rectoral . Se integrará y cumplirá las funciones según lo preceptuado en el artículo 75 del Decreto 80 de 1980.

2.

Del Comité Administrativo. Asesora al Rector en los asuntos administrativos que éste requiera y está integrado por el Rector quien lo presidirá, el Jefe de la Sección Administrativa o quien haga sus veces, el Tesorero de la Institución y un funcionario del grupo de Bienestar.

3.

Del Comité de Planeación . Asesora al Rector en la elaboración de planes y proyectos que demande el funcionamiento de la Institución y estará integrado por el Rector quien lo presidirá, el Secretario de la Institución y un profesional por cada sección establecida en la Estructura Orgánica.

4.

Del Comité de Administración de Fondos de Servicios Docentes . En el Instituto se conformará un Comité de Administración de Fondos Docentes cuya finalidad será la de administrar los recursos que capte la Institución diferentes al Presupuesto Nacional y su reglamentación estará a cargo del Ministerio de Educación Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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