Micelio

Artículo 3

Decreto 1511 de 1967 · Por el cual se modifica la distribución hecha por el Decreto número 145 de enero 30 de 1967 a la partida global señalada en el Presupuesto Nacional vigente para el sostenimiento de la Biblioteca Nacional y Archivo, y se distribuye la partida apropiada por Decreto número 1321 de julio 8 de 1967 para la misma insitución

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1511 de 1967