Micelio

Artículo 9

Funciones Del Consejo Directivo

Decreto 2366 de 2015 · por el cual se crea la Agencia de Renovación del Territorio (ART), se determina su objeto y estructura.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones del Consejo Directivo. Son funciones del Consejo Directivo de la Agencia para la Renovación del Territorio (ART) las siguientes

1.

Orientar el funcionamiento general de la Agencia y verificar el cumplimiento de los objetivos, planes y programas adoptados y su conformidad con las políticas del Gobierno nacional.

2.

Aprobar el plan estratégico de largo, mediano y corto plazo de la entidad y los planes operativos.

3.

Aprobar el plan general de renovación de las zonas rurales de conflicto, que incorpora los planes locales de intervención territorial de las zonas rurales de conflicto priorizadas.

4.

Aprobar los criterios y parámetros para la selección y calificación y para la asig­nación de recursos que se destinen a los proyectos de intervención territorial por ejecutar en las zonas rurales de conflicto priorizadas.

5.

Impartir los lineamientos, criterios, parámetros y requisitos para la aprobación de los planes de intervención territorial.

6.

Definir criterios y parámetros para la participación de organizaciones sociales, comunitarias, y productivas rurales, entre otras, en la estructuración y ejecución de los planes y proyectos de intervención territorial a ejecutarse en las zonas rurales de conflicto priorizadas y en las zonas de intervención del PNIS.

7.

Adoptar los criterios de asignación y distribución de los recursos administrados por la Agencia que vayan a ser destinados a financiar o cofinanciar proyectos de intervención territorial en las zonas rurales de conflicto priorizadas y las zonas PNIS.

8.

Evaluar los informes que le sean presentados por el Director General de la Agen­cia a fin de adelantar un seguimiento efectivo del cumplimiento de las políticas y los objetivos estratégicos trazados, de forma que puedan realizarse los ajustes a los que haya lugar de manera oportuna.

9.

Adoptar la estrategia de coordinación con el sector público, el sector privado, la cooperación internacional y demás actores relevantes, para la ejecución de proyectos de intervención territorial viabilizados por la Agencia.

10.

Conocer de las evaluaciones semestrales de ejecución presupuestal y de los esta­dos financieros presentados por el Director General de la Agencia.

11.

Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual de la Agencia, así como las modi­ficaciones al presupuesto aprobado, de conformidad con lo dispuesto en el esta­tuto orgánico de presupuesto y normas que lo reglamenten.

12.

Adoptar, por propuesta del Director General, la política de mejoramiento conti­nuo de la entidad, así como los programas orientados a garantizar el adecuado desarrollo administrativo.

13.

Aprobar las modificaciones a la estructura y planta de personal de la entidad para su adopción por el Gobierno nacional.

14.

Adoptar el Código de Buen Gobierno de la entidad y establecer los mecanismos para la verificación de su cumplimiento.

15.

Adoptar los lineamientos generales de la política institucional de gestión de cali­dad.

16.

Dictarse su propio reglamento.

17.

Las demás funciones que le señalen la ley y el reglamento”. Artículo 8°. Consejo Directivo. El Consejo Directivo de la Agencia para la Renovación del Territorio (ART), estará integrado por los siguientes miembros: 1. El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. 2. El Consejero Presidencial para la Estabilización y la Consolidación. 3. El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural 4. El Ministro de Defensa Nacional 5. El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible 6. El Director del Departamento Nacional de Planeación (DNP) 7. El Director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS) 8. El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) 9. El Presidente de la Agencia de Desarrollo Rural (ADR) 10. El Director de la Agencia Nacional de Tierras (ANT)

Parágrafo 1

El Consejo Directivo será presidido por el Consejero Presidencial para la Estabilización y la Consolidación.

Parágrafo 2

El Director General de la Agencia de Renovación del Territorio (ART) asistirá a las sesiones del Consejo Directivo con voz, pero sin voto.

Parágrafo 3

Los ministros y directores de Departamentos Administrativos, podrán delegar su participación en viceministros o subdirectores, respectivamente. A las sesiones del Consejo Directivo podrán asistir otros servidores públicos, dependiendo de la naturaleza de los temas por tratar.

1.

El Ministro Consejero Presidencial para el Posconflicto, Derechos Humanos y Seguridad, o quien haga sus veces; quién lo presidirá

2.

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural

3.

El Ministro de Defensa Nacional

4.

El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible

5.

El Director del Departamento Nacional de Planeación (DNP)

6.

El Director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS)

7.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP)

8.

El Presidente de la Agencia de Desarrollo Rural (ADR)

9.

El Director de la Agencia Nacional de Tierras (ANT)

Parágrafo 1

El Director General de la Agencia de Renovación del Territorio (ART) asistirá a las sesiones del Consejo Directivo con voz, pero sin voto.

Parágrafo 2

Los ministros y directores de Departamentos Administrativos, podrán delegar su participación en viceministros o subdirectores, respectivamente. A las sesiones del Consejo Directivo podrán asistir otros servidores públicos, dependiendo de la naturaleza de los temas por tratar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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