Micelio

Artículo 17

Ley 39 de 1921 · sobre reformas judiciales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando discutida y aprobada una sentencia no hubiere quien suministre el papel sellado y las estampillas correspondientes, requerirá el Secretario a las partes para que los suministren; y si transcurriere un termino de treinta días sin que lo hagan, se declarara ejecutoriada la providencia recurrida.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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